El IPS hará un pago extraordinario también llamado aguinaldo a los que actualmente se encuentran suspendidos y a los que lo estuvieron en ...
El IPS hará un pago extraordinario también llamado aguinaldo a los que actualmente se encuentran suspendidos y a los que lo estuvieron en algún momento del año. La fórmula se calculará por días no trabajados.
El consejo del IPS tiene luz verde para cubrir un pago extraordinario en diciembre, equivalente al también denominado aguinaldo.
La cobertura abarca un máximo de ocho meses, correspondientes a las ocho compensaciones que hizo el IPS, incluyendo la octava que inició hoy. No obstante el cálculo se realizará por días de suspensión, según confirmó el gerente de prestaciones económicas del IPS, Pedro Halley al programa Tempranísimo.
Si un trabajador hubiera estado suspendido 240 días, equivalentes a los ocho meses desde los que rige el subsidio, recibirá un total de G. 1.096.320, tomando en cuenta que se paga G. 4.560 por día sin trabajar.
Es decir, quien hubiera estado suspendido por 15, 30 o 60 días, deberá multiplicar esa cantidad de días sin trabajar por los G. 4.560 para saber qué monto recibirá como pago extraordinario o aguinaldo.
El proyecto de decreto ya está en manos del Ejecutivo y se calcula que los desembolsos comenzarán el 16 de diciembre.
Fuente: HOY DIGITAL